¿Cómo se hace y cuánto cuesta hacer un testamento?
Para muchas personas la muerte es aceptada como un evento ineludible, inevitable y que tendrá lugar en cualquier momento. La madurez de muchas personas en este sentido, les hace tomar las previsiones requeridas para dejar una exposición escrita de última voluntad. Culturalmente hemos asociado de manera indisoluble el testamento con la expresión de voluntad tras fallecer. Sin embargo, la realización de un testamento no es exclusivo de personas con una gran solvencia o con numerosas propiedades.
En un testamento no necesariamente se realiza una repartición patrimonial o se establece la repartición de la herencia de una persona. Un testamento, puede contener una expresión de voluntad sobre temas como la característica de los ritos funerarios o la disposición de sus restos. Algunas personas pueden pedir a sus deudos que sean inhumados, incinerados y que sus cenizas sean convertidas en joyería de incineración. En España, la legislación reconoce a la manifestación de última voluntad como un derecho de la persona, incluso después de su muerte.
¿Legalmente, es válido un testamento?

La Ley 41/2002, establece que se debe respetar la última voluntad de una persona. Como un acto de obligatorio cumplimiento por las autoridades, familiares o allegados. Por supuesto, esto se considera mientras no contravenga las leyes nacionales, autonómicas o locales. Mientras no conlleven la violación de normas establecidas o que exponga al escarnio público a sus familiares y seres queridos. La ley es clara en determinar los límites en los que un testamento vital pierde sustancia y obligatorio cumplimiento. Cuando la última voluntad del difunto viole la ley, las ordenanzas o comprometa la seguridad de las personas.
Un testamento puede incluir una condicionante sucesoria, la cual debe estar avalada legalmente por un tribunal y por la Administración Tributaria. Por otro lado, una persona puede indicar ciertas condiciones de sus propios actos fúnebres, disposición de sus restos u otros detalles relevantes. De nuevo, si estas disposiciones no violan las normativas vigentes, se consideran como de obligatorio cumplimiento. Deseos como esparcir las cenizas al mar o en otros lugares públicos, están taxativamente prohibidas por ley.
Sin embargo, pedir que se transformen sus cenizas en joyería de incineración y sean repartidas entre sus allegados, se considera como un acto moralmente obligatorio.
¿Cómo se hace un testamento?
Un testamento puede estar redactado por un letrado, más no es necesariamente obligatorio. La ley no prevé que un testamento vital sea redactado por un abogado especialista. Sin embargo, cuando se trata de una declaración sucesoria, se recomienda la asesoría legal especializada. Los abogados en sucesiones, son los encargados de establecer los parámetros legales y viables para estas declaraciones de herencias. No obstante, para la legalización de un testamento vital y declaratoria de última voluntad, no se considera obligatorio la asistencia legal.
Lo que se debe hacer, es hacer pública esta declaración a través de un notario. Este debe refrendar el testamento vital y última voluntad de una persona. Para ello se consideran como válidos que la persona se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales y que no actúa bajo engaños, coerción o compromiso.
¿Y si no se hace testamento?
En el caso de las sucesiones, la disposición de los bienes de una persona fallecida se reparte en partes iguales entre sus hijos. El cónyuge o pareja de hecho, tiene el derecho del usufructo de un tercio de los beneficios producidos por los bienes y el 50% de los gananciales. Si la persona no tuviese hijos, se reparte entre familiares ascendientes o filiales. En relación a las disposiciones funerarias o de los restos, corresponderá a una decisión consensual entre los familiares directos.